|ETCÉTERA|:
La Contraloría General denunciará penalmente y demandará por la vía civil a ex
funcionarios de la Municipalidad Distrital de Supe que habrían ocasionado un
perjuicio económico por más de S/. 888 mil al Estado, durante la convocatoria
del proceso de selección y la ejecución de una obra de agua potable y
saneamiento.
Este
monto corresponde a los tres casos que fueron detectados en la acción de
control a la obra “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Agua Potable,
Alcantarillado y Disposición Final en las localidades de Supe y San Nicolás,
del Distrito de Supe, Provincia de Barranca”, en el periodo enero 2010 – julio
2012.
CONTRATACIÓN
IRREGULAR: En el primer caso, se evidenció que la administración edil habría
contratado irregularmente a un consultor para elaborar el expediente técnico de
la obra exonerándolo del proceso de selección, sin que exista el sustento
técnico legal para realizar la contratación directa.
Los
auditores determinaron que se pagó al consultor S/. 199 250 por un expediente
técnico que fue presentado extemporáneamente y que no cumplía con la entrega de
los estudios, autorizaciones y certificados requeridos para la ejecución de la
obra. Además, no se le exigió el pago de penalidades por un monto de S/. 31 500
por haber presentado el documento fuera de tiempo. Esto significa que se
ocasionó un perjuicio económico de S/. 230 750 al Estado.
La
Contraloría General remitió a la Procuraduría Pública el informe respectivo
para denunciar a los presuntos involucrados en estos hechos por los presuntos
delitos de negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo.
PAGOS
POR OBRAS NO EJECUTADAS: En el segundo caso, se evidenció que durante la
ejecución de la obra, los ex funcionarios otorgaron la conformidad a nueve
valorizaciones presentadas por el contratista sobre partidas que no fueron
realmente ejecutadas en su totalidad, como movimiento de tierras con
maquinaria, excavación de zanjas, nivelación de terrenos, así como las partidas
correspondientes al suministro e instalación de tuberías de PVC, ello ocasionó
un perjuicio económico de S/. 601 901,17.
La
administración municipal autorizó el pago sin corroborar que la información
presentada por el contratista, respecto a la culminación de las obras, sea
verídica. A ello se suma que la administración edil autorizó el cambio de jefe
de supervisión, pese a que el ingeniero que lo reemplazó, no contaba con la
experiencia mínima para el cargo.
TERRENO
EN ZONA INTANGIBLE: En el tercer caso, se ha determinado que los funcionarios
municipales convocaron y otorgaron la Buena Pro del proceso de selección para
la ejecución de la obra de saneamiento sin contar con la disponibilidad física
del terreno para construir la planta de tratamiento.
Cuando
adquirieron un terreno por S/. 56 185, no se percataron que éste no reunía las
características técnicas requeridas y establecidas en el expediente técnico del
proyecto, y que además se encontraba superpuesto sobre los sitios arqueológicos
“El Áspero” y “Chimú Cápac” declarados como Patrimonio Cultural de la Nación,
por lo que no puede ser utilizado.
La
administración municipal inició la ejecución de la obra sin contar con los
permisos, autorizaciones y licencias, respecto al uso y disposición de las
aguas, afectación a zonas arqueológicas y certificación ambiental de los
terrenos en donde se ejecutaría la obra, conllevando a la aplicación de
sanciones y multas posteriores en perjuicio del Estado.
En
el segundo y tercer caso, referido al pago irregular por obras no ejecutadas y
la compra de un terreno intangible, se ha remitido el respectivo informe a la
Procuraduría Pública de la Contraloría General para iniciar las acciones
legales que correspondan con la finalidad de lograr que los presuntos
involucrados paguen una indemnización por más de S/. 658 mil a favor del
Estado.
EL
DATO. Tres años después de haber empezado a ejecutarse la obra, ésta se
encuentra paralizada.
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